El Consejo Cantonal de Protección de Derechos tienen entre sus atribuciones la de Observar, vigilar y activar mecanismos para exigir el cumplimiento de los derechos individuales y colectivos en la aplicación de los servicios públicos y privados relacionados con las políticas de igualdad, así como dar seguimiento a las instituciones locales, en la aplicación de las medidas legales, administrativas y de otra índole, que sean necesarias para la protección de los derechos de los grupos de atención prioritaria.

Objetivo General:

Generar instrumentos y herramientas para realizar la observancia de la situación del cumplimiento de derechos de los grupos de atención prioritaria, colectivos con derechos específicos y personas en situación de múltiple vulnerabilidad.

Objetivos Específicos:

    • Implementar un observatorio dinamizado con enfoques presentes en la Ley de los Consejos Nacionales para la Igualdad y en el SPID, de grupos de atención prioritaria, colectivos con derechos específicos y personas en situación de múltiple vulnerabilidad.
    • Implementar un sistema de observancia sobre los actos de la institucionalidad pública y privada sobre el respeto y garantía de derechos individuales y colectivos.

Metas:

    • Contar con un observatorio relacionado al estado situacional del ejercicio de los derechos de los grupos de atención prioritaria, colectivos con derechos específicos y de personas en situación de múltiple vulnerabilidad, instalado en el Consejo Cantonal de Protección de Derechos y funcionando.
    • Contar con un informe de los casos que se han analizado, acompañado y realizado procesos de exigibilidad según los grupos de atención prioritaria